Streaming y derechos de autor ¿Puedo transmitir audio y música libremente?

Hace algunos años, el concepto ‘Streaming’ emergió para quedarse en nuestro vocabulario cotidiano, en actos tan simples como ver películas, escuchar música o asistir a eventos.

En palabras simples, se denomina streaming a cualquier contenido de medios que se puede transmitir a dispositivos como computadoras, televisores o teléfonos, a través de Internet y en tiempo real.

Ejemplos muy comunes de streaming son los podcasts, webinars, series, películas, webshows y programas de TV, videos de todo tipo y transmisiones en vivo, en general.

Existen plataformas diseñadas para realizar transmisiones en vivo desde todo tipo de dispositivos y para diferentes niveles de usuarios; desde los ‘en vivo’ de Instagram hasta obras de teatro o conciertos transmitidos en tiempo real a través de Youtube Live.

El streaming tiene la ventaja de una retroalimentación instantánea de quienes se encuentran conectados a la señal. Incluso, la mayoría de las plataformas incluyen en sus transmisiones un chat especialmente diseñado para que la audiencia opine e interactúe con la transmisión.

No obstante el software que se utilice para lograr la transmisión, una cosa es más importante: el contenido.

La alta demanda de contenido que existe actualmente genera también una gran oferta de usuarios dispuestos a transmitir, literalmente, lo que sea. Desde covers mal cantados a sesiones de juegos en línea.

Es por ello que las plataformas de streaming más utilizadas deben regular de alguna forma el contenido que se transmite, a través de sistemas automatizados de detección de palabras clave, secuencias de imágenes y audio, que limitan aquellas transmisiones que transgredan las normas de la comunidad y, tanto o más importante, los derechos de autor.

Pese a que las plataformas que ofrecen servicios de streaming establezcan límites a sus usuarios, cada país regula localmente el contenido producido dentro de sus fronteras a través de agencias u oficinas que otorgan licencias de autorización a los usuarios, recaudan las ganancias producidas por los derechos generados y distribuyen los citados derechos a sus respectivos titulares.

En Chile, es la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales –más conocida como SCD– la entidad que se encarga de la gestión colectiva musical. Mientras que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile – INAPI– es quien cumple las funciones de registro, administración e implementación de políticas de propiedad industrial, protegiendo a sus usuarios de ser víctimas de infracciones de derechos de autor dentro del ámbito industrial y comercial.

Para el uso de cualquier tipo de contenido protegido por derechos de autor se debe contar con la pertinente autorización, patente o derecho de uso. Es por ello que, por ejemplo, en una discoteca, radio o incluso en supermercados no se puede pasar canciones protegidas por derechos de autor si el establecimiento no ha pagado la licencia correspondiente. Este es un tema fuertemente regulado en Chile.

Las mismas reglas corren para la publicidad y propaganda de todo tipo. El streaming no se salva de estas regulaciones. Es por ello que todo contenido que se busque transmitir debe contar con la licencia de rigor. Esto es especialmente importante para usuarios de radios online o podcast, que muchas veces utilizan cortinas musicales o listas de reproducción variadas para atraer a su audiencia.

Afortunadamente, también existen organizaciones de artistas y generadores de contenido que proveen a los usuarios de contenido libre de derechos y uso –royalty free-, ya sea música, video o incluso imágenes y logos.

https://www.youtube.com/watch?v=u0xjwzMEwtk
Scroll al inicio